Vínculos, capacidades y contexto familiar
La evaluación psicológica en asuntos de familia exige atender al contexto, a las capacidades de las personas evaluadas y a las necesidades del menor. El objeto debe definirse con claridad para que la intervención resulte pertinente y sus conclusiones puedan comprenderse.
Estudiamos la documentación y las condiciones de evaluación antes de proponer actuaciones. La información de cada fuente debe situarse en contexto y contrastarse en la medida que permita el encargo. Las conclusiones identifican su alcance, especialmente cuando no ha sido posible evaluar a todas las personas relevantes.
Qué estudiamos en su caso.
Del expediente a una posición explicada.
Definir el objeto y las condiciones
Precisamos la pregunta pericial y comprobamos los requisitos para realizar la evaluación.
Integrar las perspectivas disponibles
Relacionamos entrevista, observación e información documental pertinente.
Explicar sin exceder los datos
Presentamos resultados y limitaciones, distinguiendo la evaluación realizada de cuestiones no examinadas.
La documentación útil.
Resoluciones de familia, objeto del encargo, informes previos y documentación relevante para las necesidades del menor.
Si todavía no dispone de todo el material, podemos comenzar por identificarlo. Indique la fase del procedimiento y cualquier notificación o señalamiento reciente para ordenar las prioridades del estudio.
Preguntas frecuentes.
¿Se puede evaluar a un menor sin revisar antes las condiciones del encargo?
Primero deben comprobarse el objeto, las autorizaciones o el marco judicial y las condiciones adecuadas para la intervención.
¿Un informe de parte puede valorar a una persona no examinada?
Debe delimitarse qué información se tiene y qué conclusiones permite. No se debe presentar como evaluación directa lo que procede de fuentes indirectas.
Marco normativo de referencia para la intervención judicial. El objeto del encargo y el alcance de las conclusiones se delimitan para cada caso.